La Audiencia Nacional sanciona al Sevilla por insultos a jugadores del Real Madrid
La sanción, de 9.000 euros, se centra en los insultos de la afición sevillista a jugadores como Cristiano Ronaldo o Sergio Ramos.
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El delantero del Real Madrid, Cristiano Ronaldo, durante un partido en el Ramón Sánchez-Pizjuán. Foto: Elcorreoweb.es |
Según la sentencia dictada por el Juzgado Central de Instrucción de lo Contencioso-administrativo 3 de la Audiencia Nacional, ha sido rechazado el recurso puesto por el club de Nervión, que señalaba que las expresiones dirigidas a Cristiano Ronaldo ("ese portugués qué hijo de puta es") o en contra de Sergio Ramos ("písalo, písalo" o "hijo puta"), son conductas intrascendentes para el funcionamiento del partido.
El Tribunal señala que, la conducta sancionada se localizó en la zona lateral gol norte, que se centró en insultos reiterados a Cristiano Ronaldo, en la que afirma que es "claramente denigratoria, vejatoria y atentatoria contra la dignidad de su actividad como deportista, además de una inaceptable alusión a su origen nacional". De este modo, y según dicta la sentencia, "en el marco de una multitud de comportamiento imprevisible y frente a cuyo insulto, doble insulto, el deportista no puede defenderse" y explica que esa expresión es "preparatoria para la creación de un sentimiento del desprecio y agresividad hacia el jugador".
De este modo, esta sanción (que ahora se ha confirmado), le fue impuesta por el Tribunal Administrativo del Deporte el pasado 8 de abril, y que ratificó las resoluciones sancionadoras impuestas por la Real Federación Española de Fútbol en aplicación del artículo 107.2 del Código Disciplinario Federativo, que castiga la pasividad en la represión de conductas violentas, xenófobas e intolerantes.
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